¿Cuándo debo darme de alta como autónomo?

Desde el primer día del mes en que se inicia la actividad, se está obligado a cotizar como autónomo. El alta se puede tramitar con una antelación máxima de 60 días.

A partir de la fecha de alta, el autónomo pagará a la Seguridad Social todos los meses una cuota mensual, que variará en función de sus ingresos reales.